martes, 8 de noviembre de 2011

IMAGENES DE LA ALCALDIA

1910
1930

2002
2011

HISTORIA DE PACHO



El territorio de Pacho estuvo habitado por dos tribus aborígenes descendientes de los Chibchas: Los "Rutes” y los “Gotaques". Sus gobernantes eran Uzaques o Jefes militares (el último de ellos fue "Pacho" cuyo nombre en su lengua significaba "Padre Bueno" a quien los españoles antepusieron el nombre de Diego).

Diego Pacho fue un gran organizador de la economía, valeroso defensor de su pueblo y promotor de la Paz, a quien se atribuye la fundación del Municipio de Pacho, probablemente en el año 1.624. Los primeros españoles llegaron a la región, bajo el mando del encomendero Don Juan de Olmos en representación de Gonzalo Jiménez de Quesada.

Los primeros documentos históricos relativos a Pacho figuran en el año 1.582, en la época de Juan Olmos (hijo). En esta época habían luchas y peleas terribles entre los encomenderos de Zipaquirá (Juan de Ortega) y Pacho (Juan de Olmos), de tal manera que la Real Audiencia para tratar de solucionar esta situación, manda un oidor, el cual viene a Pacho en los primeros días del mes de Julio. En desarrollo de la investigación, recoge el informe del encomendero de Zipaquirá y del de Pacho, así como también los testimonios de los curas doctrineros de las respectivas encomiendas.

Según los archivos de visitas que efectuaban los oidores en cumplimiento de sus funciones, el 22 de Agosto de 1.604 llegó a Pacho el Oidor Visitador Lorencio Terrones, con el fin de inspeccionar la tierra, recibir información de los indios y del doctrinero.  Como resultado de esta visita, se evidencio la necesidad de fundar un nuevo pueblo para trasladar a los habitantes a otro lugar. El auto de visitas de ese día, hace referencia a la antigua visita que había efectuado a Pacho otro Oidor llamado Miguel de Ibarra, quien había mandado poblar o agrupar a toda la gente de Pacho en Zipaquirá, pero no se dio cumplimiento a esa orden por parte del señor Licenciado Luis Enríquez, oidor de la Real Audiencia. No se hizo visita ni reconocimiento del terreno en el año 1.600.  De lo anterior, resulta un acto de fundación del Municipio de Pacho, por el Oidor Lorencio Terrones, en compañía del Protector de Naturales y el doctrinero, el día 25 de Agosto de 1604.

Lo anterior, obedece a los documentos encontrados y publicados en el libro “Pacho, tierra de Esperanza”.

Al amparo de su agradable clima y su ambiente idílico, floreció en estas tierras la copla, el gracejo, la "Chanza Pachuna", anécdotas, apodos y leyendas, cuyos personajes parecen escucharse cuando se recorren en horas de quietud las calles de la Ferrería, y otros sectores antiguos evocadores de recuerdos.

Pacho es la cuna de la Industria siderúrgica en Latinoamérica, desde cuando en 1.814, el Inglés Don Jacobo Wiesner encontró y comenzó a explotar los yacimientos de Hierro y plomo para abastecer al ejército de Nariño;  estableció su fundición de la Ferrería donde se hicieron las rieles para el ferrocarril de la Sabana y Girardot y numerosos productos de la industria.  Otra empresa de renombre ha sido la Polvorería Barragán, fundada en 1.875 por Don Pedro Barragán y también la Siderúrgica "Corradine".

Pacho ha sido inspiración de poetas y cuna de historiadores, escritores, militares, educadores de renombre nacional como: Roberto Cortázar Toledo, autor del libro titulado:"Nuevo Lector colombiano", De notables educadores como Agustín Nieto Caballero, Ana Francisca Lara, Clementina Fernández, Inés Suárez, de ingeniosos chanceros como Pedro Ávila, y Pedro Lucio Barragán.

El Pachuno es persona amable, emprendedora, laboriosa y muy cordial con los visitantes. Siempre tiene en su mira el mejoramiento, el progreso, la ciencia, la cultura y el bienestar social, el arte y el deporte.

“SEGUIREMOS CONSTRUYENDO NUESTRO FUTURO” DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE PACHO PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE DE PACHO 2008 – 2011



PLAN DE DESARROLLO

MUNICIPAL DE PACHO

2008 – 2011









“SEGUIREMOS CONSTRUYENDO NUESTRO FUTURO”



LUIS ANTONIO ALVAREZ BAEZ

ALCALDE



CONCEJO MUNICIPAL DE PACHO

HONORABLES CONCEJALES

2008 - 2011

NESTOR ALONSO GAMBOA SANTAMARIA

PRESIDENTE

BEATRIZ BERMUDEZ RINCÓN

PRIMER VICEPRESIDENTE

ALFONSO ABELLO TRIANA

SEGUNDO VICEPRESIDENTE



ROCIO DEL PILAR LOPEZ NIETO

MARISOL ALDANA ROA

BAYARDO HERNAN BERMUDEZ ALVARADO

MARCO JULIAN VEGA DIAZ

MIGUEL ANGEL FORERO CLAVIJO

MIGUEL EDGAR BELLO GOMEZ

RONALD DAVID RANGEL BERMUDEZ

SAUL MORENO OSPINA

WILLIAM ARMANDO BUSTOS MACIAS

WEIMAN MIGUEL RINCON ROMERO





LISBETH AMPARO MORENO ROMERO

SECRETARIA DEL CONCEJO









CONSEJO DE PLANEACION TERRITORIAL MUNICIPAL



PABLO YESID FAJARDO BENITEZ Representante Sector Ambiental.

LUZ MARY ARIZA Representante Sector Agropecuario.

BENIGNO VELANDIA Representante Sector Campesino.

ALVARO ROMERO APONTE Representante Sector Cultura y Recreación.

CARLOS PEÑA Representante Sector Desarrollo

Económico.

JOSE JOAQUIN SARMIENTO PEÑALOZA Representante Sector Comercio.

PATRICIA RAMOS GARCIA Representante Sector Educación.

PEDRO ABELARDO LOPEZ Representante Sector Comité Municipal

de Desarrollo Rural.

GABRIEL SARMIENTO Representante Sector Servicios

Agropecuarios.

ARNOLDO GOMEZ Representante Sector Económico.

FERNANDO MONTAÑO Representante Sector Turismo.

ELISEO GOMEZ ORTIZ Representante Sector Construcción y

Desarrollo Urbanístico.

PEDRO ACUÑA MESA Representante Sector Salud.

NELSON GUZMÁN Representante Sector Social.







































CONSEJO DE GOBIERNO





LUIS ANTONIO ALVAREZ BAEZ Alcalde Municipal

MONICA LILIANA RUIZ CARDENAS Secretaria de Gobierno

OSCAR HERNANDO BABATIVA BONILLA Secretario de Gestión Institucional

HECTOR JAVIER LIÑEIROS COLMENARES Secretario de Agricultura, Desarrollo Económico, Cultura y Turismo

ANA MERCEDES PINZON BUSTOS Secretaria de Desarrollo Social

DEISSY MARIA MORENO Secretaria de Transito

ANGELA MARIA LOMBANA VELASQUEZ Secretaria de Planeación y Obras Públicas

JOSE JAVIER GOMEZ ORTIZ Gerente Empresa de Servicios Públicos de Pacho

JOSE CEDIEL PEÑA SALAZAR Funcionario UDRATA

JOSE A. BONILLA QUINTERO Inspector de Policía

CIRO ARNULFO ORTIZ PABON Corregidor

LUIS ALFONSO VEGA ROCHA Jefe de Núcleo en Educación

YOHAN LEONARDO RINCON MARIN Delegado del IMDER PACHO

CLAUDIA CASTAÑEDA Encargada Casa de la Cultura

BERTHA O. LOPEZ MEDINA Jefe de Presupuesto

JESSICA CASTAÑEDA VARGAS Encargada del Almacén Municipal































PRESENTACION



La elaboración del presente Plan de Desarrollo contó con la participación de todos los entes involucrados en la actividad diaria del Municipio de Pacho; esta participación se dio a través de las asociaciones, gremios, juntas de acción comunal y población en general que se vinculo en cada llamado que la Administración Municipal realizó para el intercambio de ideas e inquietudes en los diferentes encuentros realizados.



La presente guía de gestión pública administrativa es el resultado de un proceso de construcción liderado por el Municipio y los diferentes organismos de la sociedad civil, resume con creces la presente agenda y sus componentes, las diferentes visiones que dan razón sobre la situación social – económico - cultural y ambiental del Municipio de Pacho.



El Plan de Desarrollo Municipal de Pacho denominado “Seguiremos Construyendo Nuestro Futuro”, persigue una estructura de cinco (5) grandes dimensiones que comprende: el Fortalecimiento del Desarrollo Económico para todos los Pachunos, la Construcción de Equidad Social para Pacho, el Mejoramiento de la Infraestructura Pachuna, el Desarrollo Ambiental Sostenible y Recursos Naturales y el Fortalecimiento Institucional, planteando en forma clara la situación actual, los objetivos para el desarrollo, las metas que se pretenden alcanzar y los recursos humanos, técnicos y financieros requeridos, con la finalidad de cumplir los fines únicos de bienestar y equidad sobre las base de la acción conjunta y complementaria del Gobierno Nacional, Departamental y la Entidad Territorial.



La construcción de equidad social. Se fundamenta en que el desarrollo debe conducir, no solo al crecimiento económico sino también a una mejor distribución de los resultados obtenidos a través de las políticas trazadas en educación, salud, atención a población vulnerable, recreación, deporte y cultura, al establecer estas direccionales contribuimos a no causar desequilibrios en los diferentes sectores del Municipio. De hecho la planeación del desarrollo como una de las actividades básicas del estado se convierte en un proceso y un espacio en la que confluyen individuos y organismos, donde cada accionar responde a una serie de posiciones en las cuales se crea un campo de relaciones que recoge los intereses colectivos, para darle prioridad a los de trascendencia pública.



Este documento centra el Fortalecimiento del Desarrollo Territorial y la Sostenibilidad Ambiental, mediante el ordenamiento del territorio y la planeación del desarrollo que son instrumentos importantes para adecuar, armonizar y desarrollar las dinámicas del orden espacial de manera gradual y flexible, mediante la aplicación de instrumentos de gestión urbana y la generación de tierra urbanizable, de acuerdo a la realidad del Municipio y las posibilidades políticas, institucionales, sociales y económicas.



El gobierno municipal impulsará todas las estrategias y procesos para la articulación de espacios que promuevan una cultura de producción y consumo en relación con el medio ambiente y contribuyan a la calidad de vida urbana para la construcción de un estado comunitario competitivo, equitativo y sostenible.



La sociedad civil Pachuna espera con expectativa un cambio a partir del programa de gobierno propuesto “Seguiremos Construyendo Nuestro Futuro”, que se implementará en los próximo cuatro años con la articulación del instrumento de planeación PBOT que contiene la visión a mediano y largo plazo a través de su programa de ejecución que se debe realizar mediante la planeación territorial y el documento Plan de Desarrollo Municipal 2004-2007.



Seguidamente se plantea el Fortalecimiento de la capacidad Institucional, mediante una cultura de respeto por las instituciones y la garantía de la eficacia y eficiencia del gasto público así como también la existencia de una cultura ciudadana y tributaria en la que exista confianza entre el contribuyente y la administración, a través de una propuesta de transparencia que garantice la ejecución del gasto y la información de las actuaciones. El gobierno municipal promoverá la participación de las organizaciones de la sociedad civil para que ejerzan veeduría sobre la contratación y así alcanzar mayores niveles de confianza, productividad, rentabilidad y eficiencia.



Finalmente Lo operativo que comprende las estrategias financieras a seguir, las proyecciones de las finanzas, los programas y proyectos materializados en el plan plurianual de inversiones 2008 – 2011.









LUIS ANTONIO ALVAREZ BAEZ

Alcalde Municipal







INTRODUCCION

El esquema descentralizado colombiano otorga a cada Nivel de Gobierno un papel básico y unas competencias. El Nivel Nacional, por ejemplo, se encarga de definir los objetivos, planes, políticas y estrategias de desarrollo económico y social para todo el territorio; el Departamento, como nivel intermedio, se encarga del control y supervisión de la aplicación de esa política en su jurisdicción, y el Municipio (como Entidad fundamental de la división político-administrativa) es el prestador de los servicios públicos que determine la Ley, y el encargado de construir las obras demandadas por el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las Leyes.
Por lo tanto, no sólo es el ejecutor básico del gasto público y primer intérprete de la comunidad, sino que es el escenario propicio para el cumplimiento de los fines y deberes esenciales del Estado y es en donde se puede medir la eficiencia, efectividad y equidad de las políticas públicas.
En tal sentido, el fin último del Municipio es satisfacer las necesidades básicas de la población de su territorio para alcanzar un desarrollo permanente y sostenible a escala local, lo cual, unido a la acción de otros niveles de Gobierno, permitirá alcanzar los fines del Estado.
De acuerdo con lo anterior, debemos concebir a la Entidad Territorial como una organización que busca los mayores niveles de bienestar y de servicios sociales para su población. En consecuencia, el alcalde debe ser un líder que asume funciones como planificador, organizador y controlador de la organización que dirige.
En este orden de ideas, es el Municipio quien debe tomar decisiones; con base en los objetivos, estrategias y políticas priorizadas en el proceso de planificación; de igual manera debe orientar la ejecución de las acciones planeadas y llevar a cabo evaluaciones de dichas acciones adelantadas, con el fin tomar correctivos y de rendir cuentas a la comunidad y a los órganos de control.

El concepto que reúne los elementos de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación para cumplir con las competencias y alcanzar objetivos y metas de desarrollo acordadas democráticamente, es el de gestión pública integral orientada a resultados, objeto central del presente documento. La gestión pública debe buscar de manera eficaz y eficiente resultados frente a la reducción de la pobreza y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y, en consecuencia avanzar hacia un desarrollo integral sostenible.

La Constitución y la Ley establecen que la gestión, en el marco de los principios de la función administrativa, debe traducirse en resultados concretos. De hecho, en el caso específico del Sistema General de Participaciones se señala que debe garantizarse la prestación de los servicios y la ampliación de sus coberturas.

Bajo un enfoque de gestión pública orientada a resultados y en el marco de una democracia participativa, la evaluación como un proceso integral de la gestión, genera información útil que le permite al Gobierno la rendición de cuentas sobre los compromisos asumidos y acordados democráticamente al hacer más transparente su gestión, facilitar el ejercicio del control social a que tiene derecho el ciudadano y favorecer la gobernabilidad y legitimidad de las acciones de gobierno.

El objetivo del Municipio es obtener los mayores niveles de bienes y servicios (productos y resultados) que redunden en una mayor calidad de vida para sus comunidades. El concepto que relaciona los resultados alcanzados con las metas propuestas en el Plan de Desarrollo, es la EFICACIA. Ésta mide el desempeño de nuestro Municipio para cumplir con las metas propuestas en el Plan de Desarrollo, en resumen es el grado de consecución de los objetivos y las metas propuestas para el periodo de Gobierno. Entre mayor sea el grado de cumplimiento en las metas trazadas, mayor es el nivel de Eficacia obtenido.

Sin embargo, no es suficiente obtener altos niveles de producto sin tener en cuenta los insumos utilizados. Así como el objetivo de una Empresa es maximizar las utilidades, entendidas como los ingresos menos los costos, el objetivo del Municipio es maximizar o alcanzar los mayores niveles de producto (bienes y servicios sociales), con un óptimo aprovechamiento de los recursos o insumos disponibles, lo que representa una medida de EFICIENCIA. Existirá ineficiencia en la gestión, si es posible aumentar la producción con los recursos utilizados o si es posible reducir su uso para obtener el mismo nivel de producto.

De esta manera, la gestión debe orientarse al mejoramiento de las condiciones de vida y a la reducción de la pobreza, lo cual, a su vez, implica la obtención de resultados en distintos sectores, como por ejemplo, mejorar el nivel educativo, las coberturas y la calidad educativa; la cobertura de afiliación al régimen subsidiado de salud, la mayor cobertura de vacunación; mejorar la cobertura, calidad y continuidad del servicio de acueducto; aumentar la cobertura de la red vial pavimentada; etc. y, por lo tanto, que el Municipio ofrezca un conjunto de productos y servicios, en condiciones de eficiencia.

Para el logro de los resultados mencionados es fundamental la conformación de una organización que cumpla adecuadamente con todas las funciones y principios administrativos, en el marco de lo dispuesto por la Constitución y la Ley.
Ello implica desarrollar procesos de planeación estratégica y operativa, diseñar y poner en marcha estructuras administrativas apropiadas para el cumplimiento de los objetivos, dirigir la acción administrativa, conformar y manejar el recurso humano y adelantar las acciones de control y evaluación requeridas para ajustar el proceso de gestión.

El Plan de Desarrollo debe elaborarse de manera participativa para que recoja el sentir de la comunidad y se oriente a los resultados que ella requiere. Por lo tanto, la participación no puede reducirse a que la administración elabore un documento y luego lo exponga ante la comunidad para que ella lo convalide.

Los principales aspectos de la dirección asociados a un buen gobierno están relacionados con el liderazgo democrático, las relaciones con el concejo; la profesionalización, la política de desarrollo humano y el trabajo en equipo.

Este aspecto resulta de especial interés, ya que contribuye a rescatar la credibilidad y la confianza de los ciudadanos en sus instituciones, y a construir un liderazgo político que permita enfrentar el nuevo orden mundial.

La construcción de un liderazgo político renovado, efectivo y de amplia visión, es un reto que demanda el desarrollo de habilidades del alcalde y los concejales para conducir a los diferentes actores del territorio hacia la búsqueda de respuestas concretas y consensos que contribuyan a solucionar los problemas y el aprovechar las oportunidades.

Todo ello implica que se requieren líderes con vocación de servicio y compromiso con las comunidades y sus sectores menos favorecidos, que beneficien la creación de una nueva cultura de diálogo, participación, consensos y tolerancia y que sepan conducir al territorio por caminos la paz, democracia y desarrollo.

Un efectivo liderazgo político debe cumplir con dos características: la honestidad y la democracia. La primera de ellas, implica hablar con la verdad y no comprometerse a realizar cosas imposibles de hacer, razón por la cual alcaldes y concejales deben conocer las posibilidades de recursos, la situación de endeudamiento y las posibles alianzas que puedan celebrarse conMunicipios vecinos, instituciones locales o con los niveles Departamental y Nacional, antes de establecer compromisos.

La honestidad también incluye la transparencia en las acciones, la cual puede evidenciarse en el interés en la rendición de cuentas a los actores locales, organismos de control y ciudadanía en general, el establecimiento de sistemas de comunicación y mecanismos para evitar la corrupción, la conformación e interacción con veedurías y organismos de control social a la gestión.

Ser democráticos es la segunda característica fundamental del liderazgo político; un líder político no debe imponer, sino proponer y consultar a los actores locales sobre las decisiones por tomar en términos de los objetivos de desarrollo y otras que considere de interés general. Por ende debe buscar el consenso, la concertación y llegar a acuerdos y obtener compromisos de los actores locales.

En este contexto, se requiere que un buen líder político tenga sólidos conocimientos; debe estudiar de todos los temas importantes inherentes a la Administración Municipal, economía, política, finanzas, así mismo, conocer su cultura y la de sus ciudadanos, estar bien informado sobre lo que sucede en su ámbito territorial, sus Municipios vecinos, su Departamento, su País y en Países vecinos.

En la práctica, cuando una persona tiene un verdadero liderazgo político, conoce la situación de su territorio, las causas que la originan y las acciones por implementar para alcanzar ciertos objetivos y metas.

El papel de los líderes en el contexto de la gestión pública cobra creciente importancia.
La modernización de la administración pública local exige que la comunidad y los líderes jueguen un papel importante en la concertación de decisiones que afectan a la comunidad municipal. El liderazgo democrático debe estimular la participación, el libre intercambio y el debate de las ideas; tomar en cuenta los diferentes pensamientos y reconocer el valor de cada persona y sus contribuciones; descubrir las prácticas que contribuyen hacia el desarrollo de los potenciales de los miembros, y promover la unidad para la mejor ejecución de las tareas del equipo de trabajo en función de los objetivos y compromisos del Plan de desarrollo municipal.

Concientes de la importancia que representa para el Municipio de Pacho, tener un Plan de Desarrollo que sea la carta de navegación que nos permita identificar la problemática actual de los diferentes sectores y programar acciones tendientes a lograr objetivos concretos; es que la Administración Municipal se propone identificar en forma clara la situación actual, proyectar los objetivos para el desarrollo, proponer las metas que se pretenden alcanzar y cuantificar los recursos humanos, técnicos y financieros con los que cuenta  y requeridos, con el propósito de cumplir los fines únicos de bienestar y equidad sobre las base de la acción conjunta y complementaria del Gobierno Nacional, Departamental y la Entidad Territorial.


ALCALDIA MUNICIPAL MUNICIPAL DE PACHO

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Acuerdo No. 02, enero 25 de 1996.  Por medio del cual se deroga el Acuerdo No. 025 del 27 de noviembre del 1993 y se fija la Estructura Orgánica del Municipio de Pacho.

Acuerdo No. 16, junio 6 de 1996.  Por medio del cual se modifica el Acuerdo No. 02 del 25 de enero de 1996, el cual fijo la Estructura Orgánica del Municipio de Pacho, Cundinamarca.  Créase el cargo de Oficial de Construcción dentro de la estructura orgánica del Municipio.

Acuerdo No. 33, septiembre 12 de 1996.  Por medio del cual se crea la Inspección Municipal de Pasuncha y se modifican los Acuerdos No. 02 y 03 de 1996.

Articulo 1.  Créase la Inspección 2ª Municipal de policía de PASUNCHA, del Municipio de Pacho, Cundinamarca, con jurisdicción territorial y la policiva que le asigna la ley y territorialmente conformado por las siguientes veredas: San José, La Gaita, El Fical, Venadillo, Alto Yasal, BajoYasal, Aguachentales, El Palmar, La Mona, Bajo Pasuncha, Quebrada Honda, Palancana, Santa Rosa, Pasuncha Centro, Serrezuela y el Pensil.  Los linderos que determinan el Corregimiento son los siguientes: Desde el nacimiento de la Quebrada Honda, por esta agua abajo hasta encontrar la desembocadura de la Quebrada Arrayanal, aguas arriba hasta encontrar Cuchilla Capira; por la Cuchilla Capira hasta encontrar de nuevo el nacimiento de la Quebrada Honda; linderos  estos estarán  sujetos a lo determinado por la Oficina Seccional de Catastro para delimitar las Veredas antes mencionadas.

Articulo 2.  El Corregimiento de PASUNCHA, dependerá Administrativamente y Funcionalmente de la Alcaldía Municipal de Pacho y tendrá su sede en el caserío de Pasuncha.

Articulo 3.  Crease el cargo de CORREGIDOR, dentro de la Estructura Orgánica del Municipio de Pacho, en el nivel Administrativo Grado Equivalente al de Inspector de Policía; el cual será designado por el Alcalde de la Terna presentada por la respectiva Junta Administradora Local, tal como lo establece el Artículo 118 de la Ley 136 de 1994.

Articulo 4.  Son requisitos para ejercer el cargo de CORREGIDOR, los establecidos por el Artículo 2 del Decreto 800 de 1991, para Inspectores de Policía en las Zonales Rurales.

Acuerdo No. 19, septiembre 6 de 1997.  Por medio del cual se crea Un Corregimiento, se deroga el Acuerdo No. 033 de 1996 y se modifica la Estructura Orgánica del Municipio de Pacho.

Créase el Corregimiento denominado PASUNCHA, dentro del territorio del Municipio de Pacho, Departamento de Cundinamarca, con la Jurisdicción Administrativa, territorial  y policiva que le asigne la Ley y territorialmente conformado por las siguientes veredas: San José, La Gaita, El Fical, Venadillo, Alto Yasal, BajoYasal, Aguachentales, El Palmar, La Mona, Bajo Pasuncha, Quebrada Honda, Palancana, Santa Rosa, Pasuncha Centro, Serrezuela y el Pensil.  Los linderos que determinan el Corregimiento son los siguientes: Desde el nacimiento de la Quebrada Honda, por esta agua abajo hasta encontrar la desembocadura de la Quebrada Arrayanal, aguas arriba hasta encontrar Cuchilla Capira; por la Cuchilla Capira hasta encontrar de nuevo el nacimiento de la Quebrada Honda; linderos  estos estarán  sujetos a lo determinado por la Oficina Seccional de Catastro para delimitar las Veredas antes mencionadas.

Articulo 2.  El Corregimiento de PASUNCHA, dependerá Administrativamente y Funcionalmente de la Alcaldía Municipal de Pacho y tendrá su sede en el caserío de Pasuncha.

Articulo 3.  Crease el cargo de CORREGIDOR, dentro de la Estructura Orgánica del Municipio de Pacho, en el nivel Administrativo Grado Equivalente al de Inspector de Policía; el cual será designado por el Alcalde de la Terna presentada por la respectiva Junta Administradora Local, tal como lo establece el Artículo 118 de la Ley 136 de 1994.

Articulo 4.  Son requisitos para ejercer el cargo de CORREGIDOR, los establecidos por el Artículo 2 del Decreto 800 de 1991, para Inspectores de Policía en las Zonales Rurales.


Acuerdo No. 28, diciembre 16 de 1999.   Por medio del cual se modifica el Acuerdo No. 19 de septiembre de 1997 y se deroga el Articulo Cuarto del mismo.  Art. 1.  Para desempeñar el cargo de Corregidor se requiere como mínimo las siguientes calidades.  1.  Ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el Municipio como mínimo tres (3) años consecutivos en cualquier época.  2.  Acreditar título de bachiller en cualquier modalidad y acreditar un curso mínimo de tres (3) meses en el área administrativa y/o judicial.  3.  O haber desempeñado durante dos (2) años o más, funciones judiciales, de Inspector de Policía o Administrativa de contenido jurídico en el sector público o privado.


Acuerdo No. 22. Diciembre 14 de 2000.   Por medio del cual se fijan las Escalas salariales de los empleos del Municipio de Pacho.  Fíjense las siguientes escalas de remuneración salarias para los distintos niveles, códigos y grados de la Administración Municipal, expresada en salarios mínimos mensuales legales vigentes:


NIVEL
CÓDIGO
GRADO
REMUNERACIÓN S.M.M.L.V.
DIRECTIVO
005
01
NORMA ESPECIAL

015
01
NORMA ESPECIAL

020
02
4.03

028
04
4.03
EJECUTIVO
205-227
02
3.62


03
3.61


04
2.30


05
1.89
TÉCNICO
401-405
04
3.14


05
2.20


06
1.79
ADMINISTRATIVO
501-565
04
2.33


05
1.89


06
1.76


07
1.70


08
1.67


09
1.60


10
1.45
OPERATIVO
605 - 625
10
2.23


12
1.65


13
1.55


14
1.50


15
1.43


16
1.31


Acuerdo No. 06, marzo 8 de 2001.  Por medio del cual se concede una autorización especial al Alcalde Municipal.  Art. 1.  Facultase al Alcalde Municipal por el término de nueve (9) meses para que realice la reestructuración administrativa que permita ajustar las finanzas del Municipio a su realidad económica.

Acuerdo No. 12, mayo 22 de 2001.  Por medio del cual se conceden unas facultades protempore al  Alcalde, para modificar el Presupuesto de conformidad con los requerimientos de la Ley 617 de 2000.  Articulo.  Facultar al señor Alcalde Municipal de Pacho, por el término de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de sanción del presente Acuerdo, para que haga los ajustes presupuestales que el programa de Saneamiento Fiscal y Financiero aprobado exija, de conformidad con los lineamientos de la Ley 617 de 2000.

Acuerdo  No. 19, junio 1 de 2001.  Por medio del cual se precisan unas facultades.  Art. 1.  En desarrollo de la facultad conferida al alcalde Municipal en el Art. 1 del Acuerdo No. 06 de 2001, éste podrá modificar, crear, fusionar o suprimir dependencias tanto del nivel central como descentralizadas.   En el evento de que se creen nuevas dependencias también podrá fijarles sus funciones.


Decreto No. 073, diciembre 6 de 2001.  Por el cual se reestructura la Administración Municipal de Pacho, Cundinamarca. 

Articulo 5.  ESTRUCTURA ORGÁNICA.  La Administración Municipal de Pacho, conforme las disposiciones anteriores, se integrará así:

SECTOR CENTRAL
-        Despacho del Alcalde
-        Secretaría de Gobierno
-        Secretaría de Tránsito y Transporte
-        Secretaria de Gestión Institucional
-        Secretaría de Desarrollo Social
-        Secretaría de Planeación y Desarrollo Rural
-        Unidad de Desarrollo Rural y Asistencia Técnica


Decreto No. 074, Diciembre 06 de 2001.  Por el cual se suprimen unos cargos y se establece una nueva planta de personal para el Municipio de Pacho. 

Articulo 4.  Los procesos y funciones propias de la Alcaldía Municipal de Pacho (Cund.), determinadas en el Decreto No. 073 de diciembre seis (6) de 2001, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, discriminada en planta fija y planta global:

PLANTA FIJA
No. DE CARGOS
NIVEL DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO

NIVEL DIRECTIVO



DESPACHO DEL ALCALDE


1
Alcalde
005
01
1
Auxiliar Administrativo
550
05

NIVEL DIRECTIVO


5
Secretario de Despacho
020
02

NIVEL EJECUTIVO


1
Jefe de Unidad
207
03
1
Corregidor
227
04

NIVEL TÉCNICO


1
Inspector de Policía
405
04
2
Técnico
401
05
5
Técnico
401
06

NIVEL ADMINISTRATIVO


1
Coordinador
501
04
1
Coordinador
501
05
1
Secretario Ejecutivo
525
04
1
Secretario
540
06
1
Auxiliar
565
09
1
Auxiliar
565
13
2
Ecónomo
560
10

NIVEL OPERATIVO


4
Auxiliar Servicios Generales
605
16
1
Conductor
620
13


Parágrafo  primero: El Secretario de Desarrollo Social Código 020 Grado 02 y el Jefe de Unidad de Desarrollo Rural Código 207 Grado 03, no serán proveídos sino hasta el año 2002, cuando se cuente con disponibilidad suficiente en recursos propios y se haya logrado cumplir con los porcentajes dispuestos en la Ley 617 de 2000.

Decreto No. 075, diciembre 07 de 2001.  Por el cual se determinan las funciones, requisitos y  equivalencias para los empleos de la Planta de Cargos de la Administración Central del Municipio de Pacho.

Decreto No. 159, noviembre 12 de 2002.  Por el cual se modifica el Decreto Municipal 075 de 2001.  Art. 1.  A partir de la vigencia del presente acto, la experiencia requerida para ejercer el cargo de Secretario de Despacho, Nivel Directivo, será de un (1) año.

Decreto No. 132, septiembre 06 de 2002.  Por el cual se adiciona el régimen de equivalencia previsto en el Decreto Municipal 075 de 2001.  Art. 1.  Adiciónese la siguiente equivalencia par los empleos pertenecientes al nivel directivo de la Administración Central Municipal, así: Título Universitario por el Grado de Oficial de las Fuerzas Militares o de la  Policía Nacional, a partir del grado de Capitán o de Teniente de Navío.

Decreto No. 106, mayo 03 de 2002.  Por el cual se establecen competencias en materia de control interno disciplinario para la administración central y descentralizada del Municipio.  Art. 1.  Sin perjuicio del poder disciplinario preferente de la Procuraduría General de la Nación, asígnese al superior inmediato del investigado la competencia para conocer y fallar en primera instancia, los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de los niveles técnico, administrativo y operativo de la Administración Central Municipal.

La Segunda instancia corresponderá al Alcalde Municipal.

Parágrafo.  La primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten  contra el Corregidor y el Inspector de Policía serán de conocimiento del Secretario de Gestión Institucional y la Segunda instancia corresponderá al suscrito Alcalde Municipal.

Acuerdo No.  021, Noviembre 16 de 2003.  Por medio del cual se modifica el Acuerdo No. 028 de diciembre 16 de 1.999.  Articulo 1.  Para desempeñarse el cargo de Corregidor, se requieren las siguientes calidades:

1.       Se ciudadano Colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el Municipio, por un periodo no menor de tres (3) años consecutivos en cualquier época.
2.      Acreditar como mínimo el título de bachiller en cualquier modalidad.
3.      O Haber desempeñado durante dos (2) años o más, funciones judiciales, de Inspector de Policía o Administrativas de contenido jurídico en el sector públicos o privado.

Acuerdo No. 028, 1 de diciembre de 2005.  Por medio del cual se crea la Secretaria de Agricultura, Desarrollo Económico, cultura y Turismo del Municipio de Pacho Cundinamarca. 

Acuerdo No. 034, noviembre 22 de 2.007, Por medio del cual se crea la Comisaria de Familia del Municipio de Pacho, Cundinamarca.

Acuerdo No. 006, 18 de marzo de 2.008.  Por medio del Cual se crea el Cargo de Director de Obras Públicas del Municipio de Pacho.

Acuerdo No. 008, marzo 18 de 2008. Por medio del cual se modifican los artículos primero y cuarto del Acuerdo No. 034 “Por medio del cual se crea la Comisaria de Familia del Municipio de Pacho Cundinamarca.

Acuerdo No. 034, diciembre 16 de 2.008.  Por Medio del cual se crea la Oficina de Control Interno de la Alcaldía.

Decreto No. 091, Diciembre 31 de 2008.  Por medio del cual se realiza un nombramiento.  Art. 1.  Nombrar al Doctor LEONARDO FABIO MUÑOZ BERNAL, identificado con cedula de ciudadanía No. 80.504.987 de Bogotá, en el cargo de Secretario de Agricultura, Desarrollo Económico, Cultura y turismo de Pacho, nivel directivo, Código 020, grado 02, de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal.

Decreto No. 005, enero 2 de 2009.   Por la cual se confiere una Comisión para Desempeñar un Cargo de Libre Nombramiento y Remoción.  Art. 1.  Conferir comisión hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de dos mil once (2.011), para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción a la Doctora DEXY MILENA GÓNGORA VARGAS, identificada con cédula de ciudadanía número 52.084.700 de Pacho, quien se encuentra escalafonada en Carrera Administrativa en el Cargo de Coordinador, código 501, grado 05, para que se desempeñe como Secretaría de Tránsito y Transporte de este Municipio, con una asignación mensual de $1.833.668, a partir del día seis (6) de enero de dos mil nueve (2009).

Decreto No. 006, Enero 2 de 2009. Por el cual se hace un nombramiento.  Art. 1.  Nómbrese como Secretaria de Tránsito y Transporte del nivel Directivo, Código 020, grado 02. De la planta de personal de la Alcaldía Municipal a la Doctora DEXY MILENA GÓNGORA VARGAS, identificada con cedula de ciudadanía  No. 52.084.700 de Pacho, desde el día seis (06) de enero del presente año.

Decreto No. 008, enero de 2009.  Por medio del cual se transfieren en delegación las funciones y recursos del área de Cultura al Instituto Municipal de Deportes y Recreación de Pacho.

Decreto No. 010, enero 31 de 2009.  Por medio del cual se realiza un encargo temporal.  Art. 1.  Encárguese temporalmente, mientras dure la situación administrativa generada por el Decreto 006 de 2.009, en el cargo de Auxiliar Administrativo, Código 407, grado 05, a la señora MARÍA DEL CARMEN VELÁSQUEZ LARA, identificada con la C.C. No. 20.795.410 de Pacho, a partir del día primero (01) de febrero del año dos mil nueve (2009).

Decreto No. 011, enero 31 de 2009.  Por medio del cual se realiza un encargo temporal.  Art. 1.  Nómbrese temporalmente al señor CARLOS ALEXANDER CAMARGO, identificado con cedula de ciudadanía  número 11.521.743 de Pacho, mientras  dure la situación administrativa generada por el Decreto 010 de 2009, en el cargo de Auxiliar Administrativo, código 407, grado 09, a partir del día primero (01) de febrero del año dos mil nueve (2009).

Decreto No. 016, febrero 6 de 2009.  Por el cual se hace un nombramiento provisional.  Art. 1.  Nómbrese provisionalmente a la Señora MARÍA FERNANDA CÁRDENAS ROCHA, identificada con cedula de ciudadanía No. 52.421.616 de Pacho, quien a la fecha se encuentra desempeñando el cargo de Técnico Operativo, Código 314, grado 06, como Técnico Operativo, código 314, grado 05, de la Planta del Nivel central de la Administración Municipal.

Decreto No. 017, febrero 6 de 2009.  Por medio del cual se realiza un nombramiento temporal.  Art. 1.  Nómbrese temporalmente a la señora LUCIA ESPERANZA DÍAZ SÁNCHEZ, identificada con cedula de ciudadanía No. 52.601.152 de Pacho, mientras dure la situación administrativa generada por el Decreto No. 016 de 2009, en el cargo Técnico Operativo, Código 314, grado 06.

Decreto No. 018, febrero 6 de 2009.  Por medio del cual se realiza un nombramiento temporal.  Art. 1.  Nómbrese temporalmente a la señorita CLAUDIA PATRICIA OSPINA ZAMORA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.601.008, mientras dure la situación administrativa generada por el Decreto 017 de 2009, en el cargo de Secretaria, Código 440, grado 06.